Preguntas frecuentes
Aquí encontrará algunas de las respuestas a sus dudas.
- ¿Es obligatorio conectar mi alarma a una Central Receptora (CRA)?
No siempre, pero es lo más recomendable. Para negocios que requieren Grado 3, la conexión es obligatoria por ley. Para viviendas (Grado 2), puedes elegir entre gestión propia mediante app o conexión 24/7 a la central con la que colaboramos para aviso inmediato a la Policía. - ¿Qué diferencia hay entre una alarma de Grado 2 y una de Grado 3?
El Grado 2 es el estándar para hogares y pequeños comercios. El Grado 3 es obligatorio para establecimientos obligados (joyerías, farmacias, gasolineras, administraciones de lotería) porque cuenta con medidas anti-sabotaje más estrictas. - ¿Qué pasa si los intrusos usan inhibidores de frecuencia?
Nuestros sistemas de última generación utilizan doble o triple vía de comunicación (Ethernet, Wi-Fi y 4G/GPRS) y detección de inhibición. Si se detecta un intento de bloqueo, el sistema lanza un aviso crítico a la central. - ¿Puedo ver mis cámaras desde el móvil si estoy fuera de España?
Sí, totalmente. Configuramos una aplicación segura en tu smartphone para que puedas ver el vídeo en tiempo real, revisar grabaciones y recibir notificaciones push desde cualquier lugar del mundo con internet. - ¿Cumplen sus instalaciones con la Ley de Protección de Datos (RGPD)?
Sí. Como empresa homologada (DGP 3840), nos encargamos de que tu instalación de videovigilancia cumpla con toda la normativa legal, incluyendo cartelería informativa y registro de ficheros si fuera necesario.